El seguro Vida
Colectivo ofrece protección económica a empleados y clientes de instituciones
comerciales y financieros.
Cuenta con una cobertura básica de
Vida que pagará a los beneficiarios de la persona asegurada la suma
contratada, a consecuencia de enfermedad o accidente. En caso de que la persona
asegurada sea diagnosticada con una enfermedad terminal por vez primera, se le
pagará el 50% de la suma contratada, como anticipo de la cobertura básica de
vida, hasta un máximo de RD$500,000 o su equivalente en dólares
norteamericanos. El 50% restante se le pagará bajo las condiciones establecidas
en la póliza en la cobertura de fallecimiento o PACI.
En adición a la cobertura de Vida,
contamos con las siguientes coberturas opcionales:
MAD (Muerte Accidental y Desmembramiento)
Bajo esta cobertura los beneficiarios
recibirán el pago de la suma asegurada, en adición a lo contratado en la
cobertura de Vida, en caso de fallecimiento del asegurado a consecuencia de un
accidente.
Esta cobertura cuenta con doble
indemnización para los casos de fallecimiento ocasionados en transportes
públicos no aéreos, en un ascensor o provocado por un incendio suscitado en un
lugar público.
En caso de ocurrir un
desmembramiento, se pagará al asegurado el valor indicado en la tabla de
beneficios, de acuerdo a la pérdida corporal.
PACI (Pago Anticipado del Capital por Incapacidad
Total y Permanente)
Si la persona asegurada se incapacita
total y permanentemente a consecuencia de una enfermedad o accidente, esta
recibirá en calidad de anticipo sobre la cobertura de Vida, la suma asegurada
contratada en PACI.
Enfermedades Mayores
Con esta cobertura podrás contar con
el pago de la suma asegurada contratada, una vez se diagnostique alguna de las
siguientes enfermedades:
· Cáncer.
· Infarto
al Miocardio.
· Accidente
Cerebro Vascular.
· Insuficiencia
Renal Crónica.
· Politraumatismo.
Renta Diaria por Hospitalización
Por cada 24 horas consecutivas que la
persona asegurada sea hospitalizada a causa de enfermedad o accidente, se le
pagará el valor de la renta diaria contratada.
El asegurado tiene la opción de
contratar la doble indemnización, en caso de utilizar la Unidad de Cuidados
Intensivos durante su internamiento.
Últimos Gastos
Bajo esta cobertura quedan cubiertos
los gastos relacionados con los servicios funerarios incurridos por el
fallecimiento de la persona asegurada. Este beneficio puede ser pagado
directamente al proveedor servicios funerarios contratado por Seguros Vivir, o
ser entregado a los beneficiarios designados o herederos legales de la póliza.
¿Quiénes pueden
asegurarse?
· Personas
con edades entre 18 hasta los 65 años
· Edad
máxima de permanencia en la póliza hasta los 75 años.